Operatividad del Fideicomiso – El Nuevo Diario (República Dominicana)



Podemos decir y afirmar, que la implementación de sistemas, planes y la puesta en marcha de elementos que evolucionen una sociedad, puede considerarse al principio un poco difícil o quizás complicado. Pero envolvernos en la fase del conocimiento, nos motiva a experimentar lo nuevo, a tomar riesgos que quizás nunca hemos tomado y explorar lo que la sociedad nos ofrece cada día en cada uno de sus sectores productivos.
Y es que para muchos el fideicomiso, con más de 11 años de su implementación en la legislación dominicana, se encuentra en pañales. Creando todavía para una gran cantidad de potenciales y actuales clientes financieros la duda de dejar sus inversiones en la administración de una figura terciaria como es una Fiduciaria, ente autorizado para constituir un fideicomiso. En varios de los artículos escritos con anterioridad, hemos servido de promotores fervientes de esta importante figura jurídica, expresando la seguridad jurídica que posee para la protección de los bienes muebles, inmuebles e inversiones.
Para muchos clientes, probar alternativas nuevas siempre ha sido mito y a la vez un misterio integro a la hora de desprenderse de sus bienes. Pero, hoy queremos dejar plasmado la integra operatividad del fideicomiso por las diferentes Fiduciarias reguladas mediante las Leyes con su respetivo Reglamento y Resoluciones emanadas de los diferentes entes reguladores, consolida el fideicomiso como figura ideal. La relación histórica entre el Fideicomitente y la Fiduciaria inicia con una relación cercana y la expresión de una necesidad, creando un lazo de un primer doblez que abre las puertas a ofrecer los beneficios que trae consigo el fideicomiso para cada cliente.
De esta relación de negocios se desprende de parte de la Fiduciaria una propuesta al cliente que resuelve sus dudas económicas y de administración de bienes a corto o largo plazo, según corresponda. Consolidada, redactada, y firmada esta propuesta entre ambas partes, trasciende en el inicio de un viaje único y seguro, que tiene como producto final la protección jurídica de los bienes administrados. La redacción del contrato estructura las voluntades intrínsecas de una relación por un tiempo determinado con una extensión de fidelidad, abriendo las puertas a la adquisición de ganancias y al cumplimiento puntual de obligaciones y adquisición de deberes que pone en miras de la sociedad dominicana un fidecomiso viable.

Su registro y operatividad financiera y contable son las fortalezas principales del fideicomiso, en donde la carta de presentación es el orden y la transparencia integra del manejo de los fondos que ingresan y egresan en cada transacción. Dando a cambio una rendición de cuentas a través de la entidad administradora, una seguridad plena a  el Fideicomitente al momento de ver el crecimiento de sus inversiones y el resguardo de sus bienes tangibles e intangibles. Teniendo dicho fideicomiso el reconocimiento debido a través de su registro ante las entidades reguladoras y el movimiento liquido a través de la apertura de una cuenta en una entidad financiera, que estructura la solidez pecuniaria del fideicomiso debidamente constituido.
Los flujos son el producto final recibido por el o los Fideicomitentes constituyentes o adheridos al fideicomiso, en donde los beneficios y la limpieza de su liquidez deja a nuestra vista la mejor decisión que podemos tomar al momento de constituir un fideicomiso.

 
Por: Josué del Orbe
 



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